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lunes, 21 de febrero de 2011

!THERE GOES THE FAREWALL! Que pedante jajajaja.

!Ahí va la despedida!
Todas las cosas tienen su fin, y el fin de esta página ha llegado. Muchas gracias a todos los que os habéis acercado por aquí, gracias a todos sin excluir a nadie, porque sin vosotros hubiera sido imposible llegar a los casi nueve mil visitantes en quince meses.
Sin Servilismos seguirá existiendo en la mente de su creador, y probablemente reaparezca pasado un tiempo, pero con otros contenidos, otros formatos y en otro espacio.
Reiterar una vez más mi agradecimiento a todos.
!A NADIE VENDO MI VOLUNTAD, NI NADIE ES DUEÑO DE MI DESTINO!
Salud.

martes, 9 de noviembre de 2010

ALUMBRADO PUBLICO CALLES SANTA MARIA Y LAS ANGUSTIAS

El Señor Jesús Alvarez Courel, Vicepresidente de la comisión territorial de patrimonio cultural de León(Jcyl) en respEl Señor Jesús Alvarez Courel, Vicepresidente de la comisión territorial de patrimonio cultural de León(Jcyl) en respuesta a la solicitud el grupo municipal del Ayuntamiento de Cacabelos le comunico que mi comision de la cual soy vicepresidente en su sesion del 31/8/2010, estudio el asunto que se tramita bajo el expediente 194/10 con objeto de un proyecto tecnico de renovacion y remodelacion de alumbrado publico exterior de las calles Las Angustias y Santa Maria, en la localidad de Cacabelos y adopto el siguiente acuerdo:uesta a la solicitud el grupo municipal del Ayuntamiento de Cacabelos le comunico que mi comision de la cual soy vicepresidente en su sesion del 31/8/2010, estudio el asunto que se tramita bajo el expediente 194/10 con objeto de un proyecto tecnico de renovacion y remodelacion de alumbrado publico exterior de las calles Las Angustias y Santa Maria, en la localidad de Cacabelos y adopto el siguiente acuerdo:
  No autorizar el proyecto de alumbrado publico referenciado
Han pasado dos meses desde entonces y uno ya se pregunta muy seriamente si soy tonto o que mi inteligencia esta a la altura de la de un primate involucionado.
Este lunes se ha comenzado a instalar el alumbrado, después de dos meses la obra parada, se reinicia con total autorización de la misma. Mi falta de inteligencia me dio por pensar que se habría realizado alguna modificación en el proyecto, pero no, el proyecto es el mismo, pero ahora vale y antes no. Entonces, quien ha salido beneficiado de esta paralización, pues nadie, como siempre sólo hemos salido perjudicados los vecinos de la Villa, porque aquellos que festejaron la paralización de las obras han quedado muy, pero que muy mal de cara a los vecinos , el ciudadano de a pie comprende antes estos asuntos que otros que se difunden a los cuatro vientos, por qué, muy fácil, como les he dicho en más de una ocasión podemos parecer tontos, pero ser no lo somos y al final lo que vale es lo que nos entra por los ojos.
Esta sólo es la primera, como esta va a haber más, tiempo al tiempo.

martes, 19 de octubre de 2010

MALVERSACION

1. La autoridad o funcionario público que, con ánimo de lucro, sustrajere o consintiere que un tercero, con igual ánimo, sustraiga los caudales o efectos públicos que tenga a su cargo por razón de sus funciones, incurrirá en la pena de prisión de tres a seis años e inhabilitación absoluta por tiempo de seis a diez años.
2. Se impondrá la pena de prisión de cuatro a ocho años y la de inhabilitación absoluta por tiempo de diez a veinte años si la malversación revistiera especial gravedad atendiendo al valor de las cantidades sustraídas y al daño o entorpecimiento producido al servicio público. Las mismas penas se aplicarán si las cosas malversadas hubieran sido declaradas de valor histórico o artístico, o si se tratara de efectos destinados a aliviar alguna calamidad pública.
3. Redacción según Ley Orgánica 15/2003, de 25 de noviembre. Cuando la sustracción no alcance la cantidad de 4.000 euros, se impondrán las penas de multa superior a dos y hasta cuatro meses, prisión de seis meses a tres años y suspensión de empleo o cargo público por tiempo de hasta tres años.
La autoridad o funcionario público que destinare a usos ajenos a la función pública los caudales o efectos puestos a su cargo por razón de sus funciones, incurrirá en la pena de multa de seis a doce meses, y suspensión de empleo o cargo público por tiempo de seis meses a tres años.
Si el culpable no reintegrara el importe de lo distraído dentro de los diez días siguientes al de la incoación del proceso, se le impondrán las penas del artículo anterior.
La autoridad o funcionario público que, con ánimo de lucro propio o ajeno y con grave perjuicio para la causa pública, diere una aplicación privada a bienes muebles o inmuebles pertenecientes a cualquier Administración o Entidad estatal, autonómica o local u Organismos dependientes de alguna de ellas, incurrirá en las penas de prisión de uno a tres años e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de tres a seis años.
Las disposiciones de este Capítulo son extensivas:
  1. A los que se hallen encargados por cualquier concepto de fondos, rentas o efectos de las Administraciones públicas.
  2. A los particulares legalmente designados como depositarios de caudales o efectos públicos.
  3. A los administradores o depositarios de dinero o bienes embargados, secuestrados o depositados por autoridad públi

sábado, 2 de octubre de 2010

¿Donde esta Patrimonio?¿Todo vale cuando es la Iglesia?

¿Se ajusta a Patrimonio? Parece más la entrada a un mesón que a una Iglesia

Se ve el antes y el despues ¿qué ha dicho Patrimonio?

Remate original lateral derecho, el mismo que tenia el izquierdo


sábado, 21 de agosto de 2010

EVOLUCION GASTOS BIENES Y SERVICIOS 1985-2009

Evolucion de Gastos Cap 2:Gastos bienes y servicios. 1985-2009.
(^)
Evolucion Cap 2:Gastos bienes y servicios. 1985-2009
AñoTotal Presupuesto % Var
2009
461.484,35 €
0.00%
2008
461.484,35 €
-22.58%
2007
596.046,08 €
-24.14%
2005
785.750,00 €
74.48%
2004
450.337,18 €
-7.00%
2003
484.221,92 €
0.00%
2002
484.221,92 €
-8.26%
2001
527.840,88 €
11.16%
2000
474.848,83 €
0.12%
1999
474.261,72 €
12.14%
1998
422.920,19 €
15.03%
1997
367.655,73 €
13.09%
1996
325.110,11 €
5.13%
1995
309.245,95 €
-13.17%
1994
356.140,08 €
53.53%
1993
231.966,63 €
38.77%
1992
167.157,09 €
-8.01%
1991
181.712,52 €
-3.07%
1990
187.460,63 €
-0.04%
1989
187.544,04 €
40.12%
1988
133.845,40 €
-4.10%
1987
139.561,02 €
2.12%
1986
136.663,70 €
79.19%
1985
76.268,44 €

viernes, 20 de agosto de 2010

EVOLUCION GASTOS PERSONAL AYUNTAMIENTO 1985-2009

Los gastos de personal no han variado con respecto al año 2008.

De media en los ayuntamientos de España ( 2008 ) se dedica un 28,20% a gastos de personal, en el ayuntamiento de Cacabelos se dedica un 25,30% del presupuesto 2,90 puntos porcentuales menos que la media nacional.
Evolucion Cap 1:Gastos personal. 1985-2009
Año Total Presupuesto % Var
2009 1.460.054,45 € 0.00%
2008 1.460.054,45 € -28.47%
2007 2.041.252,11 € 30.24%
2005 1.567.266,32 € -9.29%
2004 1.727.847,29 € 83.77%
2003 940.222,84 € 0.00%
2002 940.222,84 € 9.54%
2001 858.362,06 € 28.55%
2000 667.738,55 € 26.56%
1999 527.592,06 € 4.75%
1998 503.644,65 € 17.89%
1997 427.221,94 € 1.10%
1996 422.580,10 € -15.28%
1995 498.768,27 € 10.03%
1994 453.292,05 € 4.68%
1993 433.006,92 € 21.77%
1992 355.591,35 € 6.16%
1991 334.964,67 € 2.98%
1990 325.263,76 € 13.74%
1989 285.961,57 € 24.86%
1988 229.029,21 € 63.73%
1987 139.878,93 € -8.34%
1986 152.602,33 € 36.49%
1985 111.801,20 €

jueves, 12 de agosto de 2010

BAJADA POR CUARTO MES CONSECUTIVO NUMERO DE DESEMPLEADOS

El paro baja un 3.59 % durante JULIO ( 2010 ) en CACABELOSDatos de JULIO del 2010 para el Municipio de CACABELOS. Como nota variable a los anteriores meses, subrayar que las contrataciones femeninas han superado en esta ocasión a las masculinas
Julio 2010 Total
Parados        Variación Mensual    Relativa
Total 564                 -21                  -3.59 %      
HOMBRES 269
MUJERES   295
MENORES DE 25 AÑOS: 64
HOMBRES 39
MUJERES   25
ENTRE 25 Y 44 AÑOS 294
HOMBRES 138
MUJERES   156
MAYORES DE 45 AÑOS 206
HOMBRES 92
MUJERES 114

SIN EMPLEO ANTERIOR 85
NUESTRO ENTORNO
CAMPONARAYA: Por segundo mes consecutivo se incrementa el número de desempleados, siendo en esta ocasión una subida del 2,47%
VILLAFRANCA DEL BIERZO: El número de desempleados se incrementa en un 1,68%
PONFERRADA: Baja el número de desempleados 3,25%

viernes, 30 de julio de 2010

PRIMER PEAJE

La Comisión Territorial de Patrimonio no dio luz verde al Ayuntamiento de Cacabelos para llevar a cabo el plan de renovación del alumbramiento público de las calles Santa María y Las Angustias, vías que forman parte del Camino de Santiago.
DDL 30/07/2010

Este no es ni más ni menos que el primer Peaje que nos hace pagar la Junta de Castilla y León a todos los ciudadanos de la Villa por la negativa de nuestro Ayuntamiento al pasó de las tuberías del gas natural por el Puente hacia el Foyo como pretendía la Junta de Castilla y León.

martes, 27 de julio de 2010

PESADOS, CANSINOS...

Instrucción de 10 de julio de 2003, de la Junta Electoral Central, sobre sustitución de cargos representativos locales.

Mediante Instrucción de 19 de julio de 1991, la Junta Electoral Central ordenó el procedimiento a seguir, a los efectos de expedición de credenciales de cargos representativos locales, en caso de vacante por fallecimiento, incapacidad o renuncia.
La molificación introducida en el artículo 182.2 de la LOREG por la Ley Orgánica 1/2003, de 10 de marzo, para la garantía de la democracia en los Ayuntamientos y la seguridad de los concejales, junto con las modificaciones legislativas introducidas por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y por su modificación en virtud de la Ley 4/1999, de 13 de enero, así como por la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa en materia de silencio administrativo e inactividad de la Administración, obligan a revisar la citada Instrucción.
En su virtud, la Junta Electoral Central, en su reunión del día 10 de julio de 2003 y de acuerdo con el artículo 19.1.b) de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, acuerda dictar la presente
Instrucción
Primero
Sustitución mediante candidatos siguientes o suplentes:
1. Cuando se presente escrito de renuncia o se produzca el fallecimiento u otro supuesto de pérdida del cargo de concejal, alcalde pedáneo, consejero comarcal o de otro cargo representativo local, el Pleno de la entidad local de la que forme parte tomará conocimiento de la misma, remitiendo certificación del acuerdo adoptado a la Junta Electoral de Zona, durante el período de mandato de la misma, en orden a las elecciones locales, y a la Junta Electoral Central una vez concluido el mandato de aquélla, a los efectos de proceder a la sustitución, conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, indicando el nombre de la persona a la que, a juicio de la Corporación, corresponde cubrir la vacante.
2. En el supuesto de que la persona llamada a cubrir la vacante, renuncie a su vez a ser proclamado electo, habrá asimismo de remitirse a la Junta Electoral competente el escrito de renuncia presentado para su toma de conocimiento por ésta y proceder en consecuencia.
3. Recibida la certificación de la Corporación local de toma de conocimiento del cese en el cargo representativo local, la Junta Electoral expedirá la credencial acreditativa de la condición de electo en favor del candidato al que corresponde cubrir la vacante producida, credencial que se remitirá a la Corporación local de la que aquél forme parte. La Corporación local notificará de modo fehaciente al interesado la recepción de la credencial a los efectos establecidos por la normativa de régimen local.
4. En el supuesto de que, producida una vacante de concejal o cargo electivo local, la Corporación correspondiente no tomara conocimiento de la misma, el representante de la candidatura o del partido afectado podrá, pasados diez días naturales, ponerlo en conocimiento de la Junta Electoral competente con arreglo a lo previsto en el número 1, para, previa audiencia, por cinco días, de la Corporación, proceder a expedir la credencial al candidato que corresponda. Del mismo modo se podrá actuar en el caso de que la Corporación no remitiera a la Junta Electoral competente la renuncia anticipada de un candidato llamado a cubrir una vacante.
Ahora toca la sustitución de un concejal, la verdad no entiendo a que se refieren algunos cuando tachan al Alcalde de la Villa de dejación de funciones. No se esta incumpliendo ninguna ley, si no se ha hecho sus razones habrá, pero no, ya están los de siempre con películas y sacando puntas de lanza donde no las hay, pero bueno que se va a esperar de quienes en la ultima fiesta parroquial pretendían celebrar el 18 de Julio....

viernes, 23 de julio de 2010

TORANO NUOVO "PARECIDO RAZONABLE"

Parecido razonable, no es como una calcomanía, pero la foto aquí presentada bien pudiera ser de la calle Santa María y la Iglesia de la Plaza. Pero no, solamente se trata de una imagen de Torano Nuovo, de su Iglesia Parroquial, en este mundo global son muchos los pequeños detalles que  unen a los pueblos.

lunes, 19 de julio de 2010

ARTICULO MUY MUY INTERESANTE

http://www.elsoplon.net/2010/07/el-oscuro-poder-factico-del-ppoe/

martes, 6 de julio de 2010

PARALIZACION II

Hace unos días, comentaba en esta misma página, el estado de paralización en que estaba sumergido nuestro Ayuntamiento, pues bien, a día de hoy esto tiene viso de haberse solucionado.
En estos momentos nos encontramos con que tenemos una Sra. Secretaría, un Sr. Secretarío interino y un Sr. Interventor, es decir estamos como queremos.
Solamente esperar que la situación de paralización a que estaba sometido el Consistorio de la Villa, sea ya historia, pero mucho me temo que aún siendo esta la situación actual, no van a dejar de aparecer obstáculos y zancadillas por parte de los de siempre. Ya ha sucedido con la incorporación del Sr. Interventor, provocando que su incorporación se retrasase en el tiempo, por ello demos gracias a la Sr. Presidenta de la Diputación Provincial, si fuera por ella, aún estaríamos sin Interventor, y alguno de sus amigos estaría aclamando a los cuatro vientos que los trabajadores del Consistorio aún no habían percibido sus nominas, por supuesto sin explicar las trabas impuestas desde la Diputación para la contratación del Sr/Sra Interventor/a, sin el cual no sería posible el pago de dichas nominas.

viernes, 21 de mayo de 2010

¿DEMOCRACIA?¿ESTADO NO CONFESIONAL? Iglesía ciudadanos de 1º especial

1. La Santa Sede, la Conferencia Episcopal, las Diócesis, las Parroquias y otras circunscripciones territoriales, las Órdenes y Congregaciones Religiosas y los Institutos de Vida Consagrada y sus provincias y sus casas tendrán derecho a las siguientes exenciones:

Exención total y permanente de la contribución territorial urbana de los siguientes inmuebles:
Los templos y capillas destinados al culto, y asimismo, sus dependencias o edificios y locales anejos destinados a la actividad pastoral.
La residencia de los Obispos, de los Canónigos y de los Sacerdotes con Cura de almas.
Los locales destinados a oficinas, la Curia Diocesana y a oficinas parroquiales.
Los seminarios destinados a la formación del Clero Diocesano y Religioso y las Universidades eclesiásticas en tanto en cuanto impartan enseñanzas propias de disciplinas eclesiasticas.
Los edificios destinados primordialmente a casas o conventos de las Órdenes, Congregaciones Religiosas e Institutos de Vida Consagrada.
Exención total y permanente de los impuestos reales o de producto, sobre la Renta y sobre el Patrimonio .
Esta exención no alcanzará a los rendimientos que pudieran obtener por el ejercicio de explotaciones económicas ni a los derivados de su patrimonio, cuando su uso se halle cedido, ni a las ganancias de capital, ni tampoco a los rendimientos sometidos a retención en la fuente por Impuestos sobre la Renta.
Exención total de los Impuestos sobre Sucesiones y Donaciones y Transmisiones Patrimoniales, siempre que los Bienes o Derechos adquiridos se destinen al culto, a la sustentación del Clero, al Sagrado Apostolado y al ejercicio de la Caridad.
Exención de las contribuciones especiales y de la tasa de equivalencia, en tanto recaigan estos tributos sobre los bienes enumerados en la letra a) de este artículo.

martes, 4 de mayo de 2010

LIMITES GEOGRAFICOS PROVINCIA DEL BIERZO

Decreto de las Cortes de 27 de enero de 1822

Por el norte comienza la línea divisoria en el santuario de Nª Sra. de Carrasconte, entre las Babias que quedan acogidas a León y Laciana al Bierzo; sigue por entre la Vega de los Viejos y Lumajo hasta la cumbre de este último pueblo, continuando con la raya con Asturias a buscar el puerto de Leitariegos; camina por los de Cerredo y Cienfuegos a buscar el monte del Cuadro. Por el Poniente, a partir del Cuadro sigue por las sierras de Palo, Pozo, Comeal hasta el puerto de Piedrafita desde donde marcha por las sierras del Cebrero y monte del Faro que dividen aguas a los ríos Valcarce y Lor, Bisuña y Quiroga, hasta buscar el nacimiento del río Soldón; marcha por el curso de este río hasta su confluencia con el Sil; sigue por la margen derecha del Sil hasta su unión con el Bibey; continúa subiendo por la margen derecha de este río hasta el pueblo de Baho inclusive. Por el sur, partiendo del estribo de montaña que hay al Mediodía de dicho pueblo y norte de Buján, sigue hasta el monte de S. Bernabé desde el cual corre por las montañas que dividen las aguas de los valles del Bollo y Viana hasta encontrar los altos de Sobre Ramilo; desde este punto marcha por lo más elevado de las sierras de Porto y Calva a Peña Trevinca, continuando desde aquí a las montañas de La Cabrera que forman las grandes vertientes a los ríos Duero y Sil, siguiendo por la sierra del Yugo. Por el oriente, a partir de la sierra del Yugo, va por los montes de la Portilla, el Colinas y pasando por el oeste de Corporales sigue a lo alto del monte Teleno, sierra de Osma, Foncebadón, Fonfría, dirigiéndose al este de Manzanal, marcha por las montañas aguas vertientes al Sil y Orbigo hasta la montaña de Salientes, situada al oriente de dicho pueblo, desde la que pasa a Río Obscuro y Villar Quemado, para morir de nuevo en el santuario de Carrasconte".

NUESTROS VECINOS DEL PP

Deuda viva del Ayuntamiento de Ponferrada a 31/12/2009

Segun el Ministerio de Economia y Hacienda el Ayuntamiento de Ponferrada a 31/12/2009 posee una deuda de 35.566.000 € el 48,85 % del presupuesto municipal que asciende a 72.807.680 € para el año 2009.
La deuda viva a 31/12/2008 ascendia a 32.204.000 por lo que en el ultimo año la deuda crecio en 3.362.000 €.

http://www.foro-ciudad.com/leon/ponferrada/mensaje-5170350.html

Deuda viva del Ayuntamiento de Carracedelo a 31/12/2009
Segun el Ministerio de Economia y Hacienda el Ayuntamiento de Carracedelo a 31/12/2009 posee una deuda de 1.796.000 € el 66,55 % del presupuesto municipal que asciende a 2.698.868 € para el año 2009.
La deuda viva a 31/12/2008 ascendia a 1.343.000 por lo que en el ultimo año la deuda crecio en 453.000 €.
http://www.foro-ciudad.com/leon/carracedelo/

sábado, 17 de abril de 2010

TREN DE ALTAS PRESTACIONES

La velocidad es una de las diferencias principales entre un AVE y un tren de Altas Prestaciones. Se estima que la velocidad máxima de un tren de Altas Prestaciones es de 220 kilómetros por hora; mientras que los AVE -que implican un nuevo trazado de doble vía, electrificado- se mueve en una horquilla de 300-350 kilómetros por hora, en función del modelo del tren.

Precisamente un factor que condiciona la velocidad de los trenes de Altas Prestaciones, una clave determinante en esta comparativa, es el tráfico mixto de viajeros y mercancías. Otra cuestión diferencial, es que el tren de Altas Prestaciones, al usarse igualmente para personas y para mercancías, no tiene que llevar necesariamente el ancho de vía europeo, que es el que tiene el AVE. En algunos supuestos, los ferrocarriles denominados de Altas Prestaciones están optando en España por vías homologadas, que dan derecho de financiación de la UE.
Otro factor determinante es que el AVE por seguridad no permite su uso para el transporte de mercancías. Es decir, que estamos hablando de un tren que va a circular a 220 km/h, y va a permitir el transporte de mercancías. Por eso es significativo preguntarse para que servirían los tan cacareados centros logisticos de Ponferrada y Toral de los Vados, si a ellos no llegarán trenes mercancías. La alta velocidad no solamente son el AVE, los trenes de Altas prestaciones con su velocidad de 220 km/h permiten unas mejores comunicaciones sensiblemente cercanas a las del AVE, pero como indicaba más arriba con la particularidad de que si permite el tránsito de mercancías.
Si en regiones más industrializadas que la nuestra, como puede ser el País Vasco, se ha optado por el tren de Altas Prestaciones, por algo sera.
Sr. Silván y Sr. Riesco, dején de querer vender motos, y si puedén expliquenme para que nos servirían los centros logisticos en proyecto, si a ellos no se puede acceder ferroviariamente. Lo dicho siempre haciendo electoralismo.

jueves, 15 de abril de 2010

LIBERTAD DE EXPRESION PARA LOS QUE SE LA NIEGAN EN OTRAS PARTES

ABC (Lo que no pudo publicar en el Blog de Oscar)
Hola, perdona Emilio que utilice este foro para responder a otro, pero creo que la gente ojea los dos, y hoy si copié lo que escribí, nunca pensé que hiciera falta ....
Contesté a algo que el moderador no publicó pero si me nombra en su respuesta... no lo entiendo, si no lo publica para que me contesta o cree que me contesta, yo creo que no, imagino que sería un lapsus....
Esto lo que le respondí:
"Hola, gracias señor moderador por contestarme, creo que no responde a lo que yo escribí enfin... pero no veo publicado lo que escribí, así la gente no se entera de lo que no le interesa a usted.
Siga así no publicando las opiniones que no le gustan, que es lo mejor para usted y su partido, y de paso podría quitar algo del titulo del blog que creo que sobra con ese comportamiento, con que dejara "MIO Y GRATIS" ya llegaría.
Salud"
Bueno creo que en estos foros, no injuriando a nadie, no debería haber cortapisas a la libertad de expresión, pero veo que es complicado.
Sí queremos libertad para lo que nos agrada y para lo que no, seguimos con la censura.
Que pena, gente tan joven (según pone en su perfil, Oscar nació en 1971) ya vivió toda su vida en plena democracia y con libertades y ahora quiera volver a la mordaza ....
No hace falta comentar nada más, cada uno que saque sus propias conclusiones, que todos somos mayorcitos, con un poco de suerte, imagino que el tiempo ponga a cada uno en su sitio.
Ah y sin que todavía gobiernen el Ayuntamiento, si llegan que Dios nos pille confesados...
Reitero las gracias Emilio.
Salud
ABC este humilde Blog está abierto a todas las opiniones, y si, la verdad, es una pena que gente de esas edades tengán esos pensamientos tan radicales. La edad no tiene nada que ver con los ideales, pero si cuando nos vamos a los extremos que no son buenos ni en un lado ni en otro.
Salud Camarada

miércoles, 14 de abril de 2010

TRISTE MUY TRISTE

Es triste, muy triste, hoy el nombre de nuestro querido pueblo ha salido en todos los telediarios de la noche. Lo triste ha sido por la noticia y no por que salga el nombre de Cacabelos, lo triste es que puedán habitar personajes así entre nosostros, lo triste es que para una vez que salimos en los noticiarios sea por algo así.
http://www.lasextanoticias.com/videos/ver/el_rambo_del_bierzo/250542

jueves, 8 de abril de 2010

AVISO A NAVEGANTES

Se dice, se comenta, se especula, se rumorea (alguién decía que el rumor es la antesala de la noticia), que en una reciente visita de un político nacional a nuestra comarca, ademas de los actos publicos, hubo otro acto en el que se cambiarón cromos.
Cuando aún falta más de un año para las proximas elecciones municipales pudo haber según las especulaciones reparto de concejalias en nuestro ayuntamiento. Los opositores al gobierno municipal actual, cuentán con que no sacarián suficientes votos para alcanzar la mayoría que les permitiera gobernar en solitario, y en el caso hipotetico (cada vez tienen menos votos) de que el otro partido en la oposición sacara al menos un concejal, se rumorea, se comenta que el acuerdo ya estaría cerrado, dando este concejal su voto al otro partido para que alcanzara el gobierno municipal.
El partido con menos votos, puso sobre la mesa la petición de la concejalía de Urbanismo y Hacienda, no se admitio esta propuesta pues esta concejalía ya esta asignada pues con ella se recompensa a un miembro destacado por los servicios presatados a su Jefé politico. Al final  el partido minoritario se llevaría la concejalía de Cultura, que por otra parte no es mala tajada teniendo en cuenta los proyectos que en este sentido se han iniciado, y los que están por iniciarse.
En fín parece ser que la tarta ya esta repartida, y como digo en el titulo esto solo es un AVISO A NAVEGANTES para que luego no haya sorpresas.

martes, 6 de abril de 2010

HOMILIA

El uso de la Homilía no me parece el lugar más apropiado para hablar de politica ni democracía, más cuando la iglesía católica es una de las instituciones menos democraticas que puedan existir en nuestro días, salvo raras excepciones como puede ser la Compañia de Jesús (Jesuitas).
Señores, ocupense de su rebaño, que ya tienen bastante, y dején la politica para otros, iba a decir también la vida terrenal, pero no, eso también es función del buen pastor. En vez de dar tantas lecciones de moralidad mirense su propio ombligo, que en su junta de pastores hay de todo como en botica. El que este libre de pecado que tire la primera piedra.
Lo dicho, al Cesar lo que es del Cesar, y a Dios lo que es de Dios.