jueves, 31 de diciembre de 2009

FELIZ 2010

A todos y sin dejar a nadie les deseo que las singladuras que inicien este nuevo año les lleven a buen puerto.

domingo, 27 de diciembre de 2009

CUENTA GENERAL

BORRADOR DEL ACTA DE LA SESION ORDINARIA CELEBRADA POR LA COMISION INFORMATIVA DE URBANISMO, HACIENDA Y NUEVAS TECNOLOGÍAS DE ESTE AYUNTAMIENTO EL DIA 22 DE MAYO DE 2.008.

En Cacabelos, a 22 de Mayo de 2.008, siendo las trece horas treinta minutos se reunieron en el Salón de Comisiones de la Casa Consistorial de Cacabelos bajo la Presidencia de Don Gonzalo López Costero, los Sres. Concejales Doña María Victoria Castillo Centeno, Doña María Jesús Martínez Fernández, Don Adolfo Canedo Cascallana y Don Jesús Martínez Pintor; al objeto de celebrar Sesión Ordinaria de la Comisión Informativa de Urbanismo, Hacienda y Nuevas Tecnologías, para la que habían sido previamente convocados en primera convocatoria; y actuando como Secretaria, Doña Sonia López Trabado.

I.- DICTAMEN CUENTA GENERAL 2006

Es objeto de este punto del Orden del Día proceder al examen de la Cuenta General del ejercicio económico 2006, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley 7/1988 de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y en el artículo 212 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo.
Considerando que informada y formada dicha Cuenta General por la Intervención Municipal, han sido comprobados los libros, documentos y justificantes oportunos, así como la documentación anexa a la misma y exigida por la vigente legislación; la Comisión Informativa de Urbanismo, Hacienda y Nuevas Tecnologías, dictamina lo siguiente:
Primero.- Informar favorablemente la Cuenta General del ejercicio económico 2006, que ha quedado cumplidamente justificada; y con los votos a favor de los concejales de los Grupos Socialista y de Izquierda Unida, y la abstención del concejal del Grupo Popular.

DIA DE PULPO Y FERIA


Ayer fué día de pulpo, buena dieta despues de las colaciones de Nochebuena y Navidad. Lo unico que no puedo decir es si la ingesta influyo en los comentarios anteriores o ulteriores, pues serian los mismos o parecidos sin lugar a dudas. Ya sólo nos queda la colación de Reyes, veremos si despues de esta hay un poco más de sentido en todos. Algún y algunos me faltabán en la mesa, pero se ve, que ciertos acólitos, sólo estan para los recados.

INDICIOS

CACABELOS

El portavoz del PP asegura que el alcalde sí está imputado
La Crónica de León 27/12/2009
L.C. / Ponferrada
El portavoz del PP en el Ayuntamiento de Cacabelos, Adolfo Canedo, califica las declaraciones del alcalde del Municipio como una “alocada huida hacia delante” y denuncia la “capacidad infinita de manipulación” del regidor, asegurando que, contra lo que declaró el alcalde José Manuel Sánchez, “está imputado, al existir indicios racionales de criminalidad tanto en la querella criminal que se tramita en el Juzgado de Instrucción número siete de Ponferrada por prevaricación, como por la Fiscalía, en la denuncia que ha presentado y se tramita en el Juzgado de Instrucción número seis, donde está imputado el Alcalde y toda su Comisión de Gobierno”.
Indicio.

(Del lat. indicĭum).
1. m. Fenómeno que permite conocer o inferir la existencia de otro no percibido.
2. m. Cantidad pequeñísima de algo, que no acaba de manifestarse como mensurable o significativa.
Indicios racionales de criminalidad.
A este respecto, como indica la S.T.C. de 19-7-1989, no se puede confundir un auto de procesamiento, que en sí mismo no encierra declaración de culpabilidad, con una sentencia condenatoria, como tampoco la actividad probatoria de cargo exigible en el juicio oral para disipar la presunción de inocencia es trasladable a la fase sumarial, pues, salvo excepción, en el sumario no se practican pruebas; ello no significa que la presunción de inocencia no pueda ser vulnerada en un auto de procesamiento, pues tal lesión podría producirse si el órgano judicial dictase su resolución de modo arbitrario, caprichoso o notoriamente infundado, sin argumentar ni razonar la concatenación, gravedad y racionalidad de los indicios, pero siempre teniendo en cuenta que al autor del auto de procesamiento no se le puede exigir el mismo grado de certeza que al Juzgador que condena, si bien sí le es exigible que razone de dónde emanan los indicios de criminalidad, que no suponen un juicio condenatorio, de todo punto inaceptable en dicho momento procesal, pero sí algo más fuerte que una posibilidad y más débil que la certeza sobre la participación en la comisión delictiva. Tales indicios racionales de criminalidad son, en expresión recogida en la S.T.C. de 4-6-2001, el soporte del procesamiento. Según la S.T.S. de 2-4-1990, el procesamiento viene a ser una especie de imputación formal de carácter provisional, al no poder verificarse aquélla con toda la precisión y refrendo acreditativo deseable, lo que normalmente sólo será posible al término de las actuaciones; el procesamiento marca un hito notable, al constituir un presupuesto de la iniciación del proceso decisorio, a la vez que inviste al imputado de la plenitud de legitimación pasiva, con todos los derechos que, como parte procesal, le vienen conferidos a lo largo de la instrucción y de las ulteriores fases procedimentales; basta para su pronunciamiento, según el art. 384 de la L.E.Crim., con la presencia de algún indicio racional de criminalidad contra determinada persona, lo que equivale a fundada sospecha producto de un raciocinio lógico, serio y desapasionado; sospecha de. participación de una persona en un hecho punible en cualquiera de sus grados, sin exigencia de un rotundo y absoluto acreditamiento de semejante implicación, o de una convicción intangible incapaz de ser sometida a revisión. Como establece la S.T.S. de 29-3-1999, el indicio o los indicios racionales de criminalidad que justifican el auto de procesamiento equivalen a un acto de inculpación formal adoptado por el Juez Instructor exteriorizador de un juicio de probabilidad a la vista del resultado de la instrucción judicial, los cuales deben distinguirse de las meras conjeturas o suposiciones sin el menor soporte objetivo, destacando las S.T.S. de 21-3, 22-6 y 21-10-2005 que no debe confundirse entre lo que es una línea de investigación con apoyo en sospechas fundadas y objetivadas, y los indicios inequívocamente incriminatorios que permiten dictar el auto de procesamiento o que obtenidos en el acto del plenario constituyen la prueba de cargo en los que puede sustentarse una sentencia condenatoria. Precisamente en relación con los indicios racionales de criminalidad, recuerda la S.T.S. de 9-1-2006 que, según su específica utilidad procesal, es decir, según para qué se necesitan en el desarrollo del procedimiento, la palabra indicios, que significa siempre la existencia de datos concretos reveladores de un .hecho importante para las actuaciones judiciales, exige una mayor o menor intensidad en cuanto a su acreditación según la finalidad con que se utilizan. Así, la máxima intensidad ha de existir cuando esos indicio6-: sirven como medio de prueba de cargo (prueba de indicios), en cuyos casos han de estar realmente acreditados y han de tener tal fuerza probatoria que, partiendo de ellos, pueda afirmarse, sin duda razonable alguna, la concurrencia del hecho debatido (art. 386 L.E.Civil); en otras ocasiones, sin que haya una verdadera prueba, han de constar en las actuaciones procesales algunas diligencias a partir de las cuales puede decirse que hay probabilidad de delito y de que una determinada persona es responsable del mismo; en estos supuestos nuestra L.E.Criminal exige indicios para procesar (art. 384) o para acordar la prisión provisional (art. 503) o para adoptar medidas de aseguramiento para las posibles responsabilidades pecuniarias (art. 589).

www.upfiscales.com/info/senten_relev/SRe06P45.htm

jueves, 24 de diciembre de 2009

FELIZ NAVIDAD

FELIZ NAVIDAD A TODOS LOS QUE ENTRAIS, Y A TODOS QUE HABEIS ENTRADO. QUE ESTOS DIAS PONGAN UN POCO DE PAZ EN NUESTROS CORAZONES

martes, 22 de diciembre de 2009

LODOS Y POLVOS II

ACTA DE LA SESIÓN CELEBRADA CON CARÁCTER EXTRAORDINARIO POR EL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE CACABELOS EN FECHA DE 18 DE MAYO DE 2004.-

DECIMO.- APROBACION PROVISIONAL, SI PROCEDE, DE MODIFICACION PUNTUAL DE LAS NN.SS. AL SITIO DEL FOYO DE CACABELOS.
Por Secretaría se da cuenta que el presente punto del orden del día fue dictaminado favorablemente por la Comisión Informativa de Urbanismo, Desarrollo Económico y Acción Social, celebrada el día de hoy.
El Portavoz del Grupo Popular, manifiesta textualmente: “La aprobación provisional de la modificación de las NNSS al sitio del Foyo de Cacabelos vienen precedido de:
El cumplimiento de los compromisos de un convenio urbanístico que fue aprobado en pleno y elevado a documento administrativo.
Se cumplió con la aprobación inicial según el Art.154.
Se cumplió con la información pública según el Art.155.
Y según certificación de la secretaría del Ayuntamiento de Cacabelos de fecha 01-03-2007 a la información pública de dicha modificación no se han presentado alegaciones.
La conclusión del informe técnico municipal dice que procede informar favorablemente la aprobación provisional con fecha 13-02-2007.
Además queremos dejar claro y que se reconozca públicamente que la modificación que se pretende aprobar lejos de cumplir con la Ley del suelo y el Reglamento Urbanístico de C y L.
Realiza cesiones motivadas por el cumplimiento del convenio, cesión de vías públicas de 5437m2 y la cesión de una parcela para equipamientos públicos de 1914m2, además del interés público al suponer dicha modificación el cambio de tipología de vivienda libre a vivienda de VPO en una cantidad de 142 viviendas con propuestas de modificación de este tipo pueden contar con el voto favorable del grupo PP por todo ello es ACTA DE LA SESIÓN CELEBRADA CON CARÁCTER EXTRAORDINARIO POR EL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE CACABELOS EN FECHA DE 18 DE MAYO DE 2004.-
obvio que vamos a votar a favor.”
El Sr. Alcalde manifiesta que no le sorprenden las manifestaciones del Portavoz del Grupo Popular, indicando que los informes favorables también existen en un asunto anterior en que el Grupo Popular negó el voto afirmativo.
Concluido el turno de intervenciones, el Pleno Municipal, en uso de las facultades que le confiere el articulo 52.1 de la Ley 5/99, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, acuerda, por unanimidad, aprobar provisionalmente la Modificación Puntual 1/2006 de las NNSS del Municipio de Cacabelos, redactada a instancia de El Foyo Cacabelos S.L. por el Arquitecto Don José María Cuevas García; ordenando la remisión del expediente a la Comisión Provincial de Urbanismo de la Junta de Castilla y León, a efectos de su aprobación definitiva.

¿Aquellos lodos trajerón estos polvos?

ACTA DE LA SESIÓN CELEBRADA CON CARÁCTER EXTRAORDINARIO POR EL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE CACABELOS EN FECHA DE 18 DE MAYO DE 2004.-

Toma la palabra el portavoz del Grupo Popular, D. José Luis Prada Méndez, manifestando que esta de acuerdo y votara a favor ya que se trata de una cuestión que viene desde 1978 por un contencioso ante el Ayuntamiento y Agribierzo, y nadie hasta ahora se ha atrevido a llevar a cabo la urbanización de la zona, pidiendo que esto se efectué de acuerdo con lo establecido en el convenio suscrito en el año 1982.

Toma la palabra el portavoz del Grupo Popular, D. José Luis Prada Méndez, manifestando que lo primero que hizo su partido fue elaborar unas Normas Subsidiarias para adecuar el desarrollo urbanístico del municipio, habiendo programado esa misma parcela para viviendas unifamiliares y ahora las cuatro alturas le parecen una barbaridad, porque detrás esta el Castro de la Ventosa. Cree que para Patrimonio, el propio pueblo y la estética de la zona es una salvajada, señalando la incertidumbre que pesa sobre esta operación por si podría llevar a la especulación.
Concluido el turno de intervenciones, el Pleno Municipal por seis votos a favor (los de los concejales miembros de los Grupos Socialista y de Izquierda Unida) y cuatro en contra (los de los concejales asistentes del Grupo Popular), acuerda ratificar el Convenio Urbanístico de Planeamiento para modificación de las normas urbanísticas vigentes en la zona denominada El Foyo.

CONTRATO FINANCIERO 2004 CAJA ESPAÑA

ACTA DE LA SESIÓN DELEBRADA CON CARÁCTER EXTRAORDINARIO POR EL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE CACABELOS EN FECHA DE 14 DE ABRIL DE 2004.-


QUINTO. APROBACION, SI PROCEDE, DE LA ADJUDICACION Y CONCERTACION DE LA OPERACION DE TESORERIA 1/2004. Por Secretaría se da cuenta que el presente punto del orden del día fue dictaminado favorablemente por la Comisión Informativa de Hacienda, Urbanismo y Vivienda, celebrada el pasado día 7 de abril de 2.004, habiéndose efectuado propuesta de adjudicación a la oferta formulada por Caja España de Inversiones y elevar el Acta a este Pleno para acordar, en su caso, la adjudicación del contrato financiero. Asimismo da cuenta sucinta del informe obrante en el expediente evacuado por la Intervención Municipal del que se desprende que la operación de tesorería proyectada y las vigentes al día de la fecha no superan el 30% de los recursos liquidados por operaciones corrientes deducidos del último ejercicio liquidado, el correspondiente al año 2.002, siendo competente el Pleno Municipal para su autorización por superar el importe acumulado de las operaciones vivas de esta naturaleza el 15% de los recursos liquidados por operaciones corrientes deducidos de la última liquidación presupuestaria aprobada, debiendo adoptarse dicho acuerdo por el quórum cualificado de mayoría absoluta (6 concejales en el caso de este Ayuntamiento) conforme previene el art. 47.3 de la Ley 7/1.985, de 2 de abril, Reguladora de las Haciendas Locales.

Por el Concejal Delegado de Hacienda se manifiesta que se hace necesaria la concertación de esta Operación de Tesorería, por cuanto en estos momentos no se puede hacer frente a la amortización de la operación que se mantiene en la actualidad y que esta a punto de vencer.
La portavoz del Grupo Popular, Doña Beatriz Anievas, manifiesta la intención de su grupo de votar a favor de la concertación de esta operación; insistiendo en lo manifestado con anterioridad en relación con el cambio de actitud del concejal de Izquierda Unida ahora que forma parte del equipo de Gobierno.
Concluido el turno de intervenciones, el Pleno Municipal acuerda por unanimidad de los asistentes, autorizar la concertación de una póliza de crédito por importe de Cuatrocientos cincuenta mil euros (450.000,00 €), por un plazo de un año, con Caja España de Inversiones, según las condiciones financieras contenidas en la proposición realizada por dicha entidad, según la propuesta de adjudicación elevada por la Comisión Informativa de Hacienda, Urbanismo y Vivienda celebrada el día 7 de abril de 2004; autorizando tan ampliamente como sea preciso en Derecho al Sr. Alcalde-Presidente o a quien legalmente le sustituya para la formalización del oportuno contrato que será intervenido por el Interventor Municipal de Fondos, en calidad de fedatario público. La garantía que se ofrece para garantizar la presente operación es la Participación en los Tributos del Estado y Recursos Locales e Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica en la cantidad que no se encuentre afectada con la Diputación Provincial de León y con el Banco de Crédito Local para garantizar los préstamos y Anticipos Reintegrables sin interés ya concertados.

APROBACION

ACTA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA DE PLENO MUNICIPAL CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO DE CACABELOS EL DÍA SIETE DE OCTUBRE DE DOS MIL CUATRO.
OCTAVO.- DACION DE CUENTA DE LA APROBACION DE LA LIQUIDACION DE LOS EJERCICIOS DE 2000, 2001 Y 2002.

Por el Sr. Alcalde, D. José Manuel Sánchez García, se pone de manifiesto que se ha procedido a la aprobación de las liquidaciones de los ejercicios de 2000, 2001 y 2002.
Toma la palabra el portavoz del Grupo Popular, D. José Luís Prada Méndez, para expresar que con ello se reconoce la honradez de la anterior Corporación, después de decir que se habían llevado dinero.
Toma la palabra el Sr. Alcalde, manifestando que dicha aprobación es un mero acto formal que se produce a fin de poder dar cumplimiento a los continuos requerimientos que se hacen al Ayuntamiento para rendir cuentas, después de que estas no hayan sido presentadas por el anterior equipo de gobierno del Partido Popular desde el año 1999.
Concluido el turno de intervenciones, el Pleno Municipal se da por enterado.

lunes, 21 de diciembre de 2009

¿Cuando en el Marca?


Paleolítico Inferior Achelense. Entre 100.000 y 300.000 a.C yacimiento de Fontousal. Museo Arqueologico de León.

jueves, 17 de diciembre de 2009

Cash? what about this?

La viñeta del coche por ejemplo que la pagas en cash, como dice tu jefé, o te lo pasan a tu  banco, o si no es así te lo cobrán  en Caja España, no en cash en el ayuntamiento, Calixto cuando tenías el bar, la licencia la pagastes en cash o lo hicistes en el banco. Pues como tu el 100% de los ciudadanos del pueblo. Así que a ver si se explica eso del cash que yo no me entere.

martes, 15 de diciembre de 2009

AQUELLOS QUE LLAMAN A OTROS ANTICONSTITUCIONALES......

Porque, recordemos, no es verdad que todos votáramos la Constitución. Los hay que antes muertos que votar, y mucho menos si se trataba de refrendar una traición al Caudillo. El PP, entonces llamado Alianza Popular, preconizó la abstención, junto al PNV (Blas Piñar pedía el No), en el referéndum constitucional. Y, por supuesto, su grupo en Cortes tampoco votó a favor de la Carta Magna.

sábado, 12 de diciembre de 2009

COSAS QUE PASAN

ACTA DE LA SESIÓN CELEBRADA CON CARÁCTER EXTRAORDINARIO POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE CACABELOS EN FECHA DE VEINTINUEVE DE SEPTIEMBRE DE 2004. -
Asimismo, la Junta de Gobierno Local acuerda, por unanimidad de sus miembros DENEGAR las siguientes licencias:
(Expte. 1614/179) A D. Adolfo Canedo Cascallana, con domicilio en Cacabelos, Avda. Constitución, nº 41, de obras complementarias de urbanización para aparcamiento para la Residencia Mirador del Cúa, en la parcela 330 de Cacabelos.

Tipo de Suelo: SNUEPA (Suelo No Urbanizable de Especial Protección Agrícola)
No es un uso permitido para este tipo de suelo.

A día de hoy esa parcela se esta usando como aparcamiento. ¿Existe una aprobación porterior?¿No la he encontrado? Si es así que me excusén. ¿O es un aparcamiento fuera de la legalidad?
http://maps.google.es/maps?t=k&hl=es&ie=UTF8&ll=42.601288,-6.714068&spn=0.001757,0.003439&z=18

FALTA INFORMACION 2009

Del 2009 se carece de información a fecha de hoy, de otros 38 municipios de la provincia de León además del de Cacabelos, careciendose también información del Cosejo Comarcal del Bierzo.

Liquidación de Entidades Locales 2008

LIQUIDACION ENTIDADES LOCALES 2008
Junta de Castilla y León
CACABELOS
DERECHOS LIQUIDADOS
-IMPUESTOS DIRECTOS:   696.716,35
-IMPUESTOS INDIRECTOS: 73.426,78
-TASAS Y OTROS INGRESOS: 244.933,40
-TRANSFERENCIAS CORRIENTES: 1.445.683,41
-INGRESOS PATRIMONIALES: 0
-ENAJENACION INVERSIONES REALES: 0
-TRANSFERENCIAS DE CAPITAL: 3.333.376,21
-ACTIVOS FINANCIEROS: 0
-PASIVO FINANCIERO: 163.000
-TOTAL INGRESOS: 5.957.136,154
OBLIGACIONES RECONOCIDAS NETAS
-GASTOS PERSONAL: 1.311.579
-GASTOS EN BIENES CTES Y SERVICIOS: 350.356,95
-GASTOS FINANCIEROS: 59.887,24
-TRANSFERENCIAS CORRIENTES: 16.145,56
-INVERSIONES REALES: 3.162.905,20
-TRANSFERENCIAS DE CAPITAL: 0
-ACTIVOS FINANCIEROS: 0
-PASIVOS FINANCIEROS: 154.186,35
-TOTAL GASTOS: 5.055.060,34
OBLIGACIONES RECONOCIDAS NETAS
-SERVICIOS DE CARACTER GENERAL
-PROTECCION CIVIL Y SEGURIDAD CIUDADANA
-SEGURIDAD PROTECION Y PROMOCION SOCIAL
-PRODUCION DE BIENS PUBLICOS DE CARACTER SOCIAL
-REGULACION ECONOMICA DE CARACTER GENERAL
-REGULACION ECONOMICA DE SECTORES PRODUCTIVOS
-TRANSFERENCIAS A ADMINISTRACIONES PUBLICAS
-DEUDA PUBLICA
-TOTAL GASTOS
DE ESTA ULTIMA PARTE NO SE DISPONE DE INFORMACION O ES 0

Si aún se restar, entre DERECHOS LIQUIDADOS Y OBLIGACION RECONOCIDA NETA hay una diferencia de : 802.076 €






jueves, 10 de diciembre de 2009

EN EL CHIGRE I

No por esperadas me han  dejado de sorprender las declaraciones del Sr. Canedo, sigue erre que erre con sus declaraciones sin otro fin que tener alerta a sus fieles, no sea que en las proximas municipales pierda otros 320 votos como en las últimas.Si esa conversación hubiera existido el Sr. Canedo sabría el nombre de losconcejales, por qué no nos los dice, así todos los sabriamos. Y no venga de salvapatrias, en el hipotetico caso que esa reunión hubiera o hubiese existido no habría dejado escapar la ocasión de ser alcalde.  Sr. Canedo, el fín no siempre justifica los medios.

EVOLUCION

Para aquellos que no recuerdan que el PSOE desde 1979 no es marxista-leninista, como lo era desde su fundación por Pablo Iglesias y otros veinticuatro camaradas el 22 de mayo de 1879.
Como se ve en el anterior post el Partido Popular ha evolucionado tambien en algunos conceptos, aunque parece que la mentalidad sigue siendo la de la fundación de Alianza Popular.

EN LOS PAPELES HAN EVOLUCIONADO, PERO LO HAN HECHO EN EL DIA A DIA

ALIANZA POPULAR
En cuanto al sistema de Seguridad Social, debería, según las conclusiones de este

VI Congreso, articularse en torno a un sistema básico de carácter público y, en
función del artículo 41 de la Constitución española de 1978, otro complementario
de carácter privado.
 Postulados básicos en torno a dos aspectos concretos: educación y familia.
a) En cuanto al sistema educativo, se declaran partidarios de la gratuidad de
la enseñanza hasta los dieciséis años, con posibilidad de elección del centro, lo que
básicamente se traduce en la necesidad de amplias subvenciones al sector privado de la educación.
b) En lo referente a la familia, como corresponde a un partido de ideología
conservadora. Alianza Popular lleva a cabo en su programa una encendida defensa
de la institución familiar basándola, además, en el matrimonio que se constituye
«como comunidad de vida y amor y teniendo como fin la procreación, la educación
y el desarrollo personal de sus miembros y el progreso de la sociedad» (Ponencia
de Educación y Familia).
En la ponencia mencionada se Uega a hablar, incluso, de «familias incompletas
», terminología más que discutible, para definir el supuesto de la maternidad no
matrimonial. Otro de los aspectos más destacables es la defensa de la profesionalización
del ama de casa, refiriéndose al trabajo de las mujeres fuera del hogar propio
sobre todo en «casos de necesidad».

PARTE DEFINICION POLITICA PP

•36. El PP es un partido político de Centro que hace de la moderación el eje central de su discurso y praxis política y que es consciente del ansia generalizada de la sociedad española por moderar la vida política en nuestro país.

•42. Somos una formación política Reformista que, donde gobernamos o hemos gobernado, hemos hecho de las reformas el medio más importante de transformación y mejora de la sociedad.
•44. Somos un Partido Liberal que asume la tradición del liberalismo español surgida de la Constitución de Cádiz. Propugnamos la libertad, la igualdad y el mérito individual como valores que sustentan el progreso de la sociedad. Creemos que el Estado debe garantizar socialmente la igualdad de oportunidades entre las personas, así como el equilibrio territorial mediante políticas que fomenten la cohesión.

martes, 8 de diciembre de 2009

QUE TENDRAN QUE DECIR AHORA, Y VAN DOS

Archivada la denuncia de la secretaria contra el senador José Giménez

La Fiscalía concluye que las declaraciones del senador Giménez «carecen de fundamento que permita sostener la comisión de infracción penal».
 
Con esta ya son dos, veremos que tienén que decir ahora los de siempre, porque según cuentan unas cosas deberían hacerlo también de otras.

lunes, 7 de diciembre de 2009

ACLAREMONOS

Ya veo que no se dan por enterados. En anteriores post (NO ENTIENDO, ¿DONDE ESTAN LOS VOTOS?) se mostrarón los votos perdidos por el grupo municipal del Partido Popular desde que Don Adolfo Canedo lo lidera. Calixto no son datos de internet como dices, son resultados totales sacados de la página del Ministerio del Interior, y si no en el ayuntamiento te los pueden facilitar tambien. Y si quieres entender por qué pongo esos datos leete los post anteriores.
Recordar tambien que en los post antes mencionados la reflexión tambien iva dirigida a la agrupación Izquierda Unida de Cacabelos.
Como puedes ver se han perdido 321 votos, de ahi mi pregunta. La agrupación de Izquierda Unida gano 22 votos. ¿Donde se quedarón esos 321 votos que hubieran sido un concejal más?

PARA QUIEN NO SABE QUE ES UN PERFIL

perfil.

(Del prov. perfil, dobladillo).
1. m. Postura en que no se deja ver sino una sola de las dos mitades laterales del cuerpo.
2. m. Conjunto de rasgos peculiares que caracterizan a alguien o algo.
3. m. Cada una de las rayas delgadas que se hacen con la pluma llevada de manera conveniente.
4. m. Adorno sutil y delicado, especialmente el que se pone al canto o extremo de algo.
5. m. Geom. Figura que representa un cuerpo cortado real o imaginariamente por un plano vertical.
6. m. Ingen. Barra metálica obtenida por laminación, forja, estampación o estirado cuya sección transversal tiene diversas formas, tales como simples tes, dobles tes, cuadradas, redondas, rectangulares, triangulares, etc.
7. m. Pint. Contorno aparente de la figura, representado por líneas que determinan la forma de aquella.
8. m. pl. Complementos y retoques con que se remata una obra u otra cosa.
9. m. pl. Miramientos en la conducta o en el trato social.

jueves, 3 de diciembre de 2009

DONDE SE PERDIERON LOS VOTOS

RESULTADOS TOTALES ELECCIONES MUNICIPALES 2003
PARTIDO CONCEJALES Votos

PP                      5                1365   43.16 %


PSOE                 5                1338   42.3 %


IU-CyL              1                   404   12.77 %

RESULTADOS MUNICIPALES 2007

PSOE PARTIDO SOCIALISTA ESPAÑOL 1.733 51,39% 8

PP PARTIDO POPULAR 1.017 30,16% 4

miércoles, 2 de diciembre de 2009

HISTORIAS DEL PASADO NO LEJANO

En Febrero de 1997 en una oficina de un Banco en Villafranca, uno de los empleados, venía, desde hacía mucho tiempo, abusando económicamente de las personas ancianas y de mayor confianza que tenían en él les robaba el dinero.
Tan pronto como se confirmó tal fechoría, la inspección acude a la oficina para comprobar los hechos. A fin de agilizar éstos, solicitán del encausado colaboración ya que, de esta manera, se agilizaría y conocería el importe del fraude. Intentan que el compañero colabore y de los nombres y apellidos de las personas a las que había robado. Pero pese a mostrarse abierto, no dice toda la verdad, así que, sacando un as de la la manga, le preguntan:
- ¿Cuánto dinero le jodistes a la señora Melania?
- ¿Qué señora Melania...?
- La de Villagroy.
- !Ay, sí, no me acordaba. Me parece que fueron seis millones. Fíjate: quedó en que me bajaría un saco de patatas y unas castañas y ahora no me las dará.
Amanecer en el recuerdo (2004)
Antonio Esteban y Primitivo Quiroga

martes, 1 de diciembre de 2009

MAS DE FERIAS


En el siglo XV Cacabelos contaba con 220 vecinos.
En ferias pagaba en impuestos el uno por ciento de lo recaudado por la venta de vino, ganado y productos del campo.
Por la cosecha del vino se pagaban ciento treinta y un mil maravedies.
La imagén corresponde a principios del S. XX realizandose la feria en la pláza mayor.